La Seguridad Social abona hoy viernes el primer pago del Ingreso Mínimo Vital a 74.119 hogares de toda España. Se trata de quienes venían recibiendo la prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con discapacidad menor del 33% y que han sido reconocidos de oficio como beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. En total, la Seguridad Social ha destinado 32 millones de euros a este pago en el mes de junio, lo que supone una ayuda media por hogar de más de 430 euros al mes.
Los hogares reconocidos de oficio son aquellos de los que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tenía información suficiente sobre la composición del hogar para poder realizar la reconversión. La Seguridad Social les avisó, previamente, por SMS y carta para que no tuvieran que solicitar el Ingreso Mínimo Vital.
El resto de los beneficiarios de la prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con discapacidad menor al 33% que puedan ser beneficiarios de la nueva prestación deberán solicitarlo, ya que no constaba información suficiente para reconvertir de oficio la prestación.
En el cuadro inferior, se detalla el número de hogares que percibirán el primer pago del Ingreso Mínimo Vital por provincias:
En los 74.119 hogares que recibirán este viernes el Ingreso Mínimo Vital viven más de 250.000 personas, de las que más de la mitad son menores de edad.
En el cuadro inferior, se desglosan el número de personas (adultas y menores) de los hogares que están percibiendo ya la prestación:
Requisitos
El primer requisito para acceder al Ingreso Mínimo Vital será el de la vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho. Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad.
Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce meses.
Si los solicitantes viven integrados en una unidad de convivencia ésta tendrá que llevar constituida al menos un año a la presentación de la solicitud. Para todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar. Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de COVID-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.
Por último, de manera excepcional se ha adelantado a hoy el pago de la prestación familiar por hijo a cargo semestral que correspondía abonar en el mes de julio.
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